De acuerdo con la asociación R3D, cualquier política de ciberseguridad debe estar centrada en las personas y en la protección de los derechos humanos. Por lo que estos especialistas proponen los siguientes principios para lograr este objetivo:
Derechos humanos como eje rector
Las políticas de ciberseguridad deben tener como objetivo principal el proteger y garantizar el ejercicio de derechos humanos. Igualmente, las políticas de ciberseguridad deben descansar sobre principios de transparencia y rendición de cuentas.
Participación multiactor
Los planes, políticas y estrategias de ciberseguridad deben ser construidas, implementadas y evaluadas a través de mecanismos de participación que incluyan a todas las partes interesadas, incluyendo a gobierno, sector privado, sociedad civil, academia y comunidad técnica.
Controles democráticos a la vigilancia
Las facultades de vigilancia e intervención de comunicaciones privadas pueden representar graves riesgos de abuso a la privacidad y seguridad de las personas. Por ello, estas facultades deben estar estrictamente reguladas a la luz de los estándares internacionales de derechos humanos, de manera que sean llevadas a cabo de acuerdo con la ley, a los principios de necesidad y proporcionalidad, de manera focalizada, es decir, no masiva, así como con mecanismos de control, transparencia y rendición de cuentas efectivos.
Defensa y fortalecimiento del cifrado
El cifrado es una herramienta indispensable para la seguridad, la confianza y la integridad de las tecnologías de la información y la comunicación. El Estado debe promover el mejoramiento y adopción del cifrado, como medida para mitigar riesgos y fortalecer la ciberseguridad.
Progresividad de la reducción de vulnerabilidades
Las políticas de ciberseguridad diseñadas e implementadas por el Estado deben contribuir a la disminución de riesgos y vulnerabilidades. Los Estados deben establecer mecanismos transparentes de revelación responsable de vulnerabilidades no conocidas en sistemas y tecnologías de la información.
Minimización de recolección y almacenamiento de datos
Los Estados deben abstenerse de establecer obligaciones de recolección y almacenamiento masivo e indiscriminado de datos. Los Estados deben privilegiar la utilización de órdenes de conservación focalizadas que respeten los principios de necesidad y proporcionalidad.
Disponibilidad de Internet y protección del flujo informativo
Los Estados deben evitar adoptar políticas que interrumpan la disponibilidad de los servicios de telecomunicaciones, incluyendo el servicio de acceso a Internet, igualmente, deben abstenerse de implementar medidas que establezcan o permitan el filtrado masivo de expresiones en línea u otras medidas de censura.
Protección de los derechos humanos frente a acciones u omisiones de actores privados
Los Estados deben adoptar regulación y establecer mecanismos institucionales eficaces para garantizar el respeto a los derechos humanos por parte de los actores privados que cumplen el rol de intermediarios en Internet. Deben garantizar la protección de datos personales, el respeto a la libertad de expresión, la neutralidad de la red, la competencia, la protección a los usuarios, etcétera.
Protección de los derechos humanos frente a acciones u omisiones de actores privados
Al legislar en materia de delitos informáticos, el Estado debe definir tipos penales de manera clara, precisa, detallada y acotada, de manera que se evite la existencia de múltiples tipos penales respecto de conductas ya tipificadas; la criminalización de tecnologías específicas; la criminalización de usos legítimos de tecnologías.
Perfil del Autor
- reddmemp
Ultimas notas
Criptonoticias2023.03.28Binance está demandada por violar normas sobre trading
Criptonoticias2023.03.24«Es injusto que los bancos no puedan ofrecer criptomonedas», sentencia el CEO de Ripio
Criptonoticias2023.03.22Cambios normativos reducen competencia de stablecoins: Alexis Nickin Gaxiola
Criptonoticias2023.03.17Tokens de IA lideran ganancias en el mercado cripto: Alexis Nickin Gaxiola